EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCTOR

Para la expedición de la Licencia de Conductor, las Municipalidades deberán obtener previamente de la OPACI, las informaciones pertinentes sobre los antecedentes del solicitante, como asimismo, la numeración computarizada de la Licencia a expedirse.

Primera Vez

Para solicitar dirigirse al sector de rodados, completar una solicitud. Posterior pasar por liquidaciones para emitirle una preliquidación con la cual te dirigirás a la caja para abonar el monto correspondiente a la categoría solicitada.

1 - REQUISITOS
2 - FOTOCOPIA DE CEDULA
3 - FOTOCOPIA DE CERTIFICADO DE TIPIFICACIÓN SANGUÍNEA

Revalidación

Para solicitar dirigirse al sector de rodados, completar una solicitud. Posterior pasar por liquidaciones para emitirle una preliquidación con la cual te dirigirás a la caja para abonar el monto correspondiente a la categoría solicitada.

1 - REQUISITOS
2 - FOTOCOPIA DE CEDULA
3 - REGISTRO ACTUAL

Renovación

Para solicitar dirigirse al sector de rodados, completar una solicitud. Posterior pasar por liquidaciones para emitirle una preliquidación con la cual te dirigirás a la caja para abonar el monto correspondiente a la categoría solicitada.

1 - REQUISITOS
2 - FOTOCOPIA DE CEDULA
3 - REGISTRO ANTERIOR

Cambio De Categoría

Para solicitar dirigirse al sector de rodados, completar una solicitud. Posterior pasar por liquidaciones para emitirle una preliquidación con la cual te dirigirás a la caja para abonar el monto correspondiente a la categoría solicitada.

1 - REQUISITOS
2 - FOTOCOPIA DE CEDULA
3 - FOTOCOPIA DE CERTIFICADO DE ESTUDIO (ESCUELA DE CONDUCCIÓN)
4 - REGISTRO ACTUAL

LICENCIAS A EXPEDIRSE

1 - Profesional clase “A” Superior
2 - Profesional clase “A”
3 - Profesional clase “B” Superior
4 - Profesional clase “B”
5 - Profesional clase “C”
6 - Particular
7 - Extranjero
8 – Motociclista


Obtención de la Licencia

Para la obtención de la Licencia se deberá observar las siguientes disposiciones que rigen con relación del domicilio del solicitante:

1 - La Licencia de la categoría particular y para extranjero, el interesado deberá obtenerlo de la Municipalidad del Distrito donde tiene su domicilio real, y donde es elector;

2 - La Licencia de conductor de la categoría profesional, el interesado deberá obtenerlo de la Municipalidad del Distrito donde ejerce su actividad profesional;

3 - En caso de que la Municipalidad del Distrito donde el interesado fija su domicilio o desarrolla su actividad profesional no expida Licencia de Conductor, este podrá obtenerlo de la Municipalidad más cercana a su domicilio, conforme a los incisos a) y b) del presente artículo, o en su defecto de la Municipalidad de la Capital del Departamento si fuere en el interior del país.

Categoría Particular

La Licencia de Conducir categoría Particular, habilita a su titular a conducir: Jeep, coches, camionetas y furgonetas, siempre que estas sean de uso personal, que su capacidad de carga no exceda los 2.000 kilos, y que no se encuentran al servicio del transporte público y de carga en general.  Para la obtención de esta categoría se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1 - Haber cumplido 18 años de edad;

2 - Reunir las condiciones especificadas en los incisos b), c) y e) del artículo 8º.

Profesional clase “A”

La Licencia de Categoría Profesional clase “A”, habilita a su titular a conducir vehículo al servicio  del Transporte Público Interno.  Para la obtención de esta categoría se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1 - Ser poseedor de una antigüedad mínima de un año de la Licencia de Conducir de la categoría clase “B” Superior y clase “B”.

2 - Haber cumplido 22 años de edad.

3 - Acompañar a la solicitud la cédula de Identidad Policial Nacional, Certificado de realización de curso de capacitación expedido por Instituciones Públicas autorizadas.

4 - En caso de que el solicitante sea extranjero con radicación permanente en el país, además de los requisitos y documentos exigidos en los incisos a), b) y c) del presente numeral, deberá presentar el carné de Inmigrante que lo acredite como tal.

5 - Poseer las aptitudes físico-psíquicas suficientes para conducir, que lo justifique mediante certificado expedido por organismos especializados para el efecto.


Profesional Clase “B”

La Licencia de Conductor Categoría “B”, habilita a  su titular a conducir todo tipo de vehículo automotor de hasta cinco (5) toneladas de capacidad, ya sean estos afectados al uso personal o al servicio de transporte de carga.  Para la obtención de esta categoría se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1 - Haber cumplido 20 años de edad.

2 - Acompañar a la solicitud la Cédula de Identidad Policial Nacional; para los extranjeros con radicación definitiva, será también obligatoria la presentación del carnet de Inmigrante que lo acredite como tal.

3 - Conocer el sistema internacional de señales y marcas de pavimentos.

4 - Poseer las suficientes aptitudes físicos-psíquicas para conducir, las que justificará mediante certificado expedido por el Organismo especializado para el efecto.


Profesional Clase “C”

 

La Licencia de Conductor categoría profesional “C”, habilita a su titular a conducir exclusivamente tractores, maquinarias agrícolas, y las denominadas pesadas.

Para la obtención de esta categoría se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1 - Reunir las condiciones especificadas en los artículos precedentemente citados.

 

Profesional “A” Superior

 

Las Licencias de Conductor Profesional “A” Superior, habilita a su titular a conducir todo tipo de vehículo automotor, y en exclusividad el afectado al servicio de Transporte Público de Pasajero del Servicio Internacional.  Para la obtención de esta categoría, deberá cumplir con los requisitos siguientes:

1 - Ser poseedor con una antigüedad mínima de un año, de la Licencias de Conducir de la Categoría “A”.

2 - Haber cumplido 25 años de edad;

3 - Acompañar a la solicitud la cédula de Identidad Policial Nacional, Certificado de realización de curso de capacitación expedido por las Instituciones públicas autorizadas, Certificado de Antecedentes Penales.

4 - En caso de que el solicitante sea extranjero con radicación permanente en el país, además de los requisitos y documentos exigidos en los incisos a), b) y c) del presente numeral, deberá presentar el carné de inmigrante que lo acredite como tal;

5 - Poseer las suficientes aptitudes Físico-Psíquica para conducir, y una preparación académica básica, que lo justificará mediante Certificado expedido por los organismos especializados para el efecto.

 

Profesional “B” Superior

 

La Licencia de Conductor Categoría “B” Superior, habilita a su titular a conducir todo tipo de vehículo automotor de dos o más ejes afectados al servicio de carga Internacional inclusive, con o sin remolque, y sin restricción de capacidad de tonelaje.  Para la obtención de esta categoría, se deberá cumplir con los requisitos siguientes:

1 - Ser poseedor con antigüedad mínima de un año, de la Licencia de Conductor de la categoría Profesional Clase “B”;

2 - Haber cumplido 22 años de edad;

3 - Acompañar a la solicitud la Cédula de Identidad Policial Nacional y el Certificado Médico de vista y oído, poseer conocimientos sobre las reglas y señales de tránsito nacional e internacional, y certificados de antecedentes penales;

4 - Poseer las suficientes aptitudes físico-psíquicas para conducir, que lo justificará mediante certificado expedido por el organismo especializado para el efecto;

5 - En caso de que el solicitante sea extranjero con radicación permanente en el país, además de los requisitos y documentos exigidos en los incisos a), b) y c) del presente numeral, deberá presentar el carné de Inmigrante que lo acredite como tal.

 

Categoría Motociclista

 

Habilita a su titular a conducir exclusivamente.

1 - Biciclos
2 - Triciclones
3 - Cuatro ciclones con propulsión propia.

 

Extranjero con Radicación Temporal

 

La Licencia de Conductor para extranjero con radicación temporal, habilita a su titular a conducir vehículo de uso personal, cuya capacidad de carga no excederá los dos mil (2.000) kilos.  Para la obtención de esta categoría se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1 - Haber cumplido 18 años de edad;

2 - Acompañar a la solicitud el Registro de Conductor del país de origen, pasaporte expedido por autoridades competentes de su país, con viso de entrada en territorio paraguayo, o el carné de Inmigrante que lo acredite como tal;

3 - Los que carecen de Licencia deberán además cumplir con lo establecido en el artículo 8º., incisos c( y d).

 

Vehículos de Tracción a Sangre

 

La expedición de Licencia de conductores de vehículos de tracción a sangre será reglamentada por Ordenanza Municipal.

 

Conductor expedidas por las Municipalidades autorizadas

 

Las Licencias de Conductor expedidas por las Municipalidades autorizadas, tendrán validez de cinco (5) años y de un (1) año para los extranjeros y por los mismos se abonarán anualmente los impuestos y cánones correspondientes.

 

OPACI

 

La Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal - OPACI -, tendrá a su cargo el sistema de reglamentación y control de la expedición de las Licencias de Conductor.

 

VISITAS DIARIAS

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy29
mod_vvisit_counterAyer464
mod_vvisit_counterEsta semana3513
mod_vvisit_counterEste mes2047
mod_vvisit_counterTodos211074
Municipalidad de Ciudad del Este. Direccion Avda. Alejo Garcia y Dr. Eusebio Ayala Telefonos: (595-61) 501-705 Copyright © 2009 MCDE. Todos los derechos reservados.